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EL COORDINADOR DE BIENESTAR Y EL DELEGADO DE PROTECCIÓN
- 30/05/2022
- Publicado por: idDOCENTE
- Categoría: EDUCACIÓN

Con el fin de combatir la violencia sobre la infancia y la adolescencia desde una perspectiva integral partiendo de la prevención y la socialización estableciendo para ello medidas de detección precoz, asistencia así como la reintegración de aquellos derechos vulnerados de las víctimas, el Ministerio de Derechos Sociales y las comunidades autónomas acordaron hace unos meses a través de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia que todos los colegios y los centros educativos de ocio y deporte deben contar con un “Coordinador de bienestar y Delegado de protección” obligatorio ya para el curso 2022-2023.
¿Qué es un Coordinador de bienestar y un Delegado de protección?
La figura de coordinador de bienestar pretende servir de referencia en la prevención y protección ante casos de violencia en el entorno escolar en sus diversas formas, ya sea acoso o maltrato. Con esta finalidad, el coordinador de bienestar y protección será la persona encargada de implementar el plan de convivencia y los protocolos de actuación frente a indicios de abuso y maltrato, acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género, violencia doméstica, suicidio, autolesión y cualquier otra forma de violencia.
Por su parte, el Delegado de protección es la persona de referencia en el ámbito del ocio y el deporte encaminado a que los menores puedan acudir a este tipo de actividades cuando sufren situaciones de acoso o violencia escolar.
Aunque en la mayoría de las ocasiones la figura de Coordinador de bienestar y el Delegado de protección suelen coincidir en la misma persona, hay centros educativos que prefieren diferenciarla.
Ambas figuras realizarán su labor bajo la supervisión de la dirección del colegio y serán las administraciones educativas competentes las que determinen sus requisitos y funciones, así como si estas funciones las desempeñará el personal ya perteneciente al centro o será un trabajador nuevo.
Principales funciones del Coordinador de bienestar y Delegado de protección
Aunque la ley deja espacio a las comunidades autónomas para que concrete las funciones de ambos, recoge las siguientes funciones básicas:
- Promover planes de formación sobre prevención, detección precoz y protección de los niños, niñas y adolescentes, dirigidos tanto al personal que trabaja en los centros como al alumnado. Se priorizarán los planes de formación dirigidos al personal del centro que ejercen de tutores, así como aquellos dirigidos al alumnado destinados a la adquisición por estos de habilidades para detectar y responder a situaciones de violencia. Asimismo, en coordinación con las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos, deberá promover dicha formación entre los progenitores, y quienes ejerzan funciones de tutela, guarda o acogimiento.
- Coordinar, de acuerdo con los protocolos que aprueben las administraciones educativas, los casos que requieran de intervención por parte de los servicios sociales competentes, debiendo informar a las autoridades correspondientes, si se valora necesario, y sin perjuicio del deber de comunicación en los casos legalmente previstos.
- Identificarse ante los alumnos y alumnas, ante el personal del centro educativo y, en general, ante la comunidad educativa, como referente principal para las comunicaciones relacionadas con posibles casos de violencia en el propio centro o en su entorno.
- Promover medidas que aseguren el máximo bienestar para los niños y adolescentes, así como la cultura del buen trato a los mismos.
- Fomentar entre el personal del centro y el alumnado la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos.
- Informar al personal del centro sobre los protocolos en materia de prevención y protección de cualquier forma de violencia existentes en su localidad o comunidad autónoma.
- Fomentar el respeto a los alumnos con discapacidad o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad.
- Coordinar con la dirección del centro educativo el plan de convivencia al que se refiere el artículo 31.
- Promover, en aquellas situaciones que supongan un riesgo para la seguridad de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Promover, en aquellas situaciones que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos de carácter personal de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las Agencias de Protección de Datos.
- Fomentar que en el centro educativo se lleva a cabo una alimentación saludable y nutritiva que permita a los niños y adolescentes, en especial a los más vulnerables, llevar una dieta equilibrada.
Como podemos observar, en dichas funciones aparecen las tareas básicas del coordinador de bienestar para la realización de planes de prevención y detección precoz de casos de acoso o maltrato, la gestión de los casos que puedan requerir una actuación de servicios sociales, la comunicación con los agentes policiales o policía tutor y el fomento de una alimentación saludable dentro del centro educativo.
La importancia de esta figura
Sin lugar a dudas, el Coordinador de bienestar y Delegado de protección será a partir del curso 2022-2023 una de las figuras más importantes en los centros educativos, ya que será el responsable de uno de los aspectos más significativos en la vida del centro como es la convivencia escolar y el ocio y el deporte como medio de inclusión y como parte de la vida saludable de los alumnos.
Debido a la importancia de esta figura en la prevención, detección y actuación ante el acoso escolar, resulta especialmente importante que el coordinador posea la formación para conocer los diferentes protocolos de actuación así como los conocimientos fundamentales para aplicar los planes del centro de una manera eficaz. En este sentido, te recomendamos nuestro nuevo Curso online de Coordinador de bienestar y Delegado de protección en centros educativos, formación 100% online, certificada y bonificable dirigida a profesionales de la enseñanza interesados en capacitarse para ser los futuros Coordinadores de bienestar y Delegados de protección de los centros educativos y/o espacios de ocio, deporte y tiempo libre.
Buen dia.
Quisiera recibir información.
Hola Annabel.
Tienes toda la información del curso en el enlace que encontrarás en este mismo post o en la sección «Formación» de nuestra Web. En cuanto a las fechas de próximas convocatorias, en breve informaremos sobre la disponibilidad de este curso.
Muchas gracias por tu interés.
¡Un saludo!
Buenos días,
Me gustaría saber cómo se podría ejercer de coordinadora de bienestar: ¿cuáles son las vías de acceso a ese puesto de trabajo?
Un coordial saludo,
Gracias